¿DEBERIA DEVOLVERSELES A LOS VIGILANTES LA AUTORIDAD?

YO SOY DE LA OPINION DE QUE VISTA LA FALTA DE POLICIAS Y GUARDIAS CIVILES QUE HAY ASI COMO PERSONAL DE OTROS CUERPOS ,DEBERIA FACILITARSELES A LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD LA POSIBILIDAD DE VOLVER A TENER CARACTER DE AUTORIDAD COMO TENIAN ANTIGUAMENTE LOS VJ ,INCLUSO PODER FACILITAR A LOS VS QUE QUISIESEN EL PSAR A FORMAR PARTE DE LA POLICIA ,GUARDIA CIVIL ETC.. TRAS PASAR PRUEVAS Y EXAMENES QUE SE CONSIDERASEN OPORTUNOS .
LO QUE NO ME PARECE CORECTO ES HASTA QUE PUNTO SE NOS TIENE DEGRADADOS A LOS VIGILANTES QUE TU RETIENES A UNA PERSONA QUE ESTA ROBANDO EN TU ESTABLECIMIENTO(EN EL QUE TU VIGILAS) Y ESTA PERSONA (SE RIE DE TI POR DECIRLO DE ALGUNA MANERA) SABE QUE TUNO TIENES AUTORIDAD NINGUNA Y QUE SI LLAMAS A LA POLICIA NO LE VA A PASAR NADA .

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Respuestas a esta discusión

Hola
Yo soy nuevo aquí, pero les daré mi humilde opinión si me lo permiten.
En primer lugar, decir por supuesto, que necesitaríamos ese estatus, para poder ejercer nuestro trabajo un poco decentemente, y que esta profesión se considerara una profesión, y no lo que se nos considera a los vigilantes de seguridad, que no somos nada ni nadie, como bien decís, se ríen de nosotros.
Matizar también, que no hay control en absoluto sobre los vigilantes, dado que hay gente (seguro que conoceréis muchos casos) que como para darles ese estatus, dado que no pasamos exámenes psicológicos, no hay control sobre nosotros, y en muchísimos casos se regalan los títulos, y mucha gente está por estar, dado que las empresas solo buscan la pasta, y el trabajo bien hecho pues….. en muchos casos la profesionalidad brilla por su ausencia.
Se que se necesitaría, pero también el control del personal, de las empresas, y sobre todo, que nos traten como personas, que en algunos momentos nos jugamos la vida, aunque por suerte son pocos.
También yo me pregunto a veces, que lo de agente de la autoridad o no, pudiera ser lo de menos, porque si nos ponemos a pensar bien, cuando te enfrentas a una persona que está cometiendo un delito, y has de intervenir, no solo te estás jugando tu integridad física, si no el pan que llega a tu casa, dado que con los sueldos tan absurdos que tenemos, solo se puede vivir de esta profesión haciendo incontables horas extra, y si sufres una baja, por una intervención, te vas para casa con el 100x100 del suelo, osea 900 euros, y en los tiempos que corremos…..Aunque bueno quizás eso sea otro tema a tratar, al igual que el de la forma de poder promocionar en tu carrera, (sacar los permisos de armas y demás, dado que en esta profesión no eres ni serás, más que lo que te dejen ser), el convenio que está obsoleto completamente y sin negociar desde hace tiempo y un largo etc.
Bueno se me olvidaba, las fuerzas y cuerpos de seguridad (menos la privada) si tienen un atentado o algún tipo de ataque, fuera de servicio, consecuencia de su trabajo (agresiones de una persona detenida, como venganza por ejemplo) a esa persona se la juzga por agresión a agente de la autoridad, aumentando penas y demás, a nosotros no, y nosotros también en algunos servicios tenemos que intervenir, con las posibles consecuencias de ver después a la persona por la calle y poder ser objeto de agresión.
Y ya por último, el tema de las declaraciones en los juicios, vergonzosos momentos, en los que le dan a la persona tu nombre y apellidos, dándoles la facilidad de poder buscarte y localizar tu lugar de residencia, con la consiguiente amenaza que eso puede generar, no solo para ti, sino también para tus pertenencias o tu familia, (no nos olvidemos que hay muchos servicios buenísimos, pero algunos muy malos en los que hace falta la intervención en algunos casos)
Bueno espero no haberme extendido en demasía, y no haberme desplazado demasiado del tema, si es así mis disculpas caballeros, y si en algo me equivoco me encantaría aprender de gente con más experiencia que me corrigiera.
Un saludo

Yo creo que no es lo mismo "cobertura y protección penal" que ser agente de la autoridad.

 

El carácter de agente de la autoridad conlleva, a ciertos funcionarios públicos, una mayor "cobertura y protección penal", pero esta "cobertura y protección penal" es en sí misma accesoria a otros aspectos más importantes, como ciertas facultades de coerción y la presunción de veracidad o base suficiente en documentos públicos que se suscriban, especialmente en el ámbito sancionador. Estoy hablando en términos puramente administrativos, no judiciales (que es otro cantar, pues lo relevante no es ser agente de la autoridad, sino "policía judicial").

Ambas cosas (medios de ejecución forzosa de actos y procedimiento administrativo: compulsión sobre las personas; y; constatación de hechos de funcionarios con condición de autoridad en documento público respetando el procedimiento establecido) no tienen ni sentido ni cabida en el sector de la Seguridad Privada, por lo que el carácter de agente de la autoridad o la condición de autoridad tampoco.

 

Otra cosa es la "cobertura y protección penal", en el que reconducir como única figura posible el ser Autoridad, agente o funcionario es la única técnica posible. Esto no es necesariamente cierto.

 

 

Un saludo muy cordial.

Al menos en parte y en las funciones de su trabajo se tendria que reconocer el carácter de agente de la autoridad.

Si revisas en el Forum mis dos artículos, especialmente el segundo (sobre la Orden INT/318/2011), la práctica totalidad de la doctrina asevera que ni en los supuestos de sustitución de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se les podría otorgar, actualmente, el carácter de Autoridad, agente de la misma o funcionario público, pues no hay base legal alguna. Y más o menos lo mismo con el carácter de "auxiliador" de los anteriores, al menos de forma universal.


Otra cosa, como he manifestado, es la cobertura jurídica.

Lo que es dudoso es otorgar una condición destinada en la esfera pública, y que tiene una razón de ser, a un sector privado.

 

Te voy a poner el ejemplo de las Estaciones ITV, por ejemplo, que realizan una función de control e inspección públicas con caráter oficial. Son empresas particulares concesionarias de esa inspección y control.

 

¿Creerías que al personal privado de inspección y control de una Estación ITV se le reconoce, a efectos penales, la condición de Autoridad, agente de la misma o funcionario público, tan siquiera "auxiliador" de los anteriores?

 

La mejor respuesta que puedo darte es que en ningún caso hasta hoy (al menos que me conste) y que más allá de la función pública limitada, en régimen de concesión o autorización, de inspección y control (los informes finales - que expiden - y tarjeta ITV - que no expiden, únicamente visan - tienen la cualidad de documento público), se les reconoce aquella protección penal: no hay base legal.

 

Como tampoco la tienen los empleados privados que colaboran en la gestión-recaudación tributaria.

 

Es un tema complejo, pero creo que los términos deben evolucionar. La Autoridad es un atributo público por antonomasia.

Creo que "cobertura jurídica" es más apropiado, en tanto se obtenga un nombre específico, en su caso. Pero me temo que no podrá confundirse con Autoridad, Agente de la Autoridad o Funcionario Público, por imperio de la Ley.

 

No obstante, das una opinión interesante (protección o cobertura jurídica en función de la naturaleza de la actividad).

 

 

Un saludo muy cordial.

 

Esloquetieneservs dijo:

Al menos en parte y en las funciones de su trabajo se tendria que reconocer el carácter de agente de la autoridad.

Lo primero gracias a todos por vuestras opiniones.

Yo soy de la opinion de que esto de la seguridad cada dia esta peor,ya que seguimos estando en primera linea de fuego ya que somos los primeros en intervenir ante una eventualidad en nuestro trabajo ya no solo en intervenciones ante robos hurtos y demas si no en situaciones de otro tipo de emergengias de tipo sanitario ,incendios y demas .

Claro esta que ni las empresas ni el gobierno aprecian ni ven este tipo de situaciones que para nosotros son el pan nuestro de cada dia.

Yo me sorprendo cuando veo que a medicos o a maestros que pueden sufrir agresiones claro que si pero no es lo normal en su trabajo se les de carater de autoridad y encambio al vigilante de seguridad que va a socorrer a ese medico cuando le estan agrediendo no.

Segun lo veo yo al agresor le cae mas multa o pena ante un juez por intentar agredir al medico que por la paliza que le dio al vigilante hasta que este consiguio reducirlo en caso de que esto fuera .

Igual me equivoco y si es asi agradeceria que me lo esplicaseis pero de tener razon es indignante claro luego tenemos esa fama los vigilantes de que no hacemos nada o intervenimos cuando ya es tarde etc etc pero que me digan a mi quien por 900e se va a jugar salir mal parado en diversas situaciones .

Yo no pido que se nos de un premio como a aquel perro que cuando hace algo bien se le da una galleta pero si reconozco que valorar mas nuestro trabajo y reconocer al igual que cuando lo hacemos mal cuando lo hacemos bien seria lo suyo

Creo que si se nos mantuviese un poco mas contentos  funcionariamos mejor y eso repercutiria en muchos aspectos tanto en los servicios prestados ,como en la calidad de ellos

Ya os digo quiza este equivocado o no me supe expresar bien  .

Espero vuestros comentarios

UN SALUDO

JUAN  no has podido plasmar la realidad mejor de lo que lo has hecho, estoy contigo en todo lo que has argumentado.

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